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¿Qué es la Fundación KIROLARABA?


La Fundación KIROLARABA es una institución que concentra los esfuerzos económicos de los patrocinadores del deporte, con el objeto de rentabilizar al máximo la promoción del deporte alavés y lograr una correcta y eficaz ordenación del propio deporte.


¿Cuál es su objetivo?


La Fundación se configura como una entidad que persigue la promoción y desarrollo del deporte en Álava, a través de la captación de recursos económicos, que destinará a la financiación de los programas que se elaboren por la misma.


¿A quién beneficia?


La Fundación tiene como beneficiarios a los/as deportistas y entidades deportivas de Álava que desarrollen los programas de deporte no profesional.


¿Cuál es el destino de los recursos?


a) Patrocinar a los Clubes y/o agrupaciones deportivas que participen en actividades deportivas de alto rendimiento no profesional.

b) Patrocinar a Clubes y/o agrupaciones deportivas que no estando incluidas en el apartado anterior sean merecedoras de algún tipo de ayuda por ser sus actividades especialmente representativas del deporte alavés.

c) Financiar actividades relacionadas con el deporte no profesional.

d) Excepcionalmente, diferentes líneas de actividades deportivas.


Regulación


La Fundación KIROLARABA, se encuentra incluida entre las entidades beneficiarias de mecenazgo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Norma Foral 35/2021, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos e Incentivos Fiscales al Mecenazgo.


Incentivos Fiscales


Dado que la actividad desarrollada por la Fundación KIROLARABA ha sido declarada como actividad prioritaria por la Diputación Foral de Álava, los incentivos fiscales para las entidades y personas aportantes son los siguientes:

 

En el Impuesto sobre Sociedades:

Los contribuyentes del Impuesto de Sociedades podrán deducir de la cuota líquida el 45 por ciento de las cantidades aportadas, incluso en virtud de contratos de patrocinio publicitario o de convenios de colaboración.

No tendrán en ningún caso la consideración de gasto deducible para la determinación de la base imponible de las entidades aportantes las cantidades que hayan formado parte de la base de la deducción.

Esta deducción sigue las reglas establecidas en el artículo 67 de la Norma Foral 37/2013, sin que su aplicación  pueda exceder del límite conjunto previsto en el apartado 1 del mismo (35% de la cuota líquida). Las cantidades no deducidas por insuficiencia de cuota podrán aplicarse, respetando iguales límites, en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los treinta años inmediatos y sucesivos.

 

En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

Podrán deducir de la cuota líquida el 45 por ciento de las cantidades aportadas, incluso en virtud de contratos de patrocinio publicitario o de convenios de colaboración.

La base de esta deducción se incorporará al conjunto de las deducciones por mecenazgo, no pudiendo exceder del 35 por ciento de la base imponible de este impuesto.

Las cantidades no deducidas por superarse este límite podrán aplicarse, respetando el mismo, en las autoliquidaciones del impuesto correspondiente a los períodos impositivos que concluyan en los cinco años inmediatos y sucesivos.

 

En el Impuesto sobre la Renta de no Residentes:

Cuando opere mediante establecimiento permanente:

Podrán deducir de la cuota líquida el 45 por ciento de las cantidades aportadas, incluso en virtud de contratos de patrocinio publicitario o de convenios de colaboración, sin que las cantidades aportadas puedan considerarse gasto deducible en la base imponible de la entidad aportante.


EJEMPLO 1

La empresa TESA, S.A., domiciliada en Amurrio, ha destinado durante el ejercicio, la cantidad de 6.000€ a la Fundación Kirolaraba.

En la declaración del Impuesto sobre Sociedades presenta la siguiente cuenta de explotación:

 

INGRESOS:

  • Ventas o facturación de sus propios productos: 340.000€
  • Otros ingresos: 10.000€

TOTAL 350.000€

 

GASTOS:

  • Compras: 70.000€
  • Sueldos y salarios: 50.000€
  • Gastos diversos (p.ej. mantenimiento de instalaciones, comunicaciones, seguros): 20.000€
  • Donación o contrato de patrocino a FUNDACIÓN KIROLARABA: 6.000€

TOTAL: 146.000€

 

Resultado contable: 204.000€ (350.000€ -146.000€)

Base Imponible: 210.000€ (350.000€ – 140.000 €).

Gasto por donación o contrato de patrocinio FUNDACIÓN KIROLARABA: 6.000 € no deducible

Deducción de la cuota (45% de la donación): 2.700€

 

EJEMPLO 2

Un empresario, persona física, tiene un comercio de ropa y está acogido a la modalidad de estimación directa de la Base Imponible en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En el ejercicio destina 10.000 euros a la Fundación Kirolaraba.

Los datos de su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas son los siguientes:

 

INGRESOS:

  • Ventas o facturación del comercio: 249.000€

TOTAL: 249.000€

 

GASTOS:

  • Compras: 90.000€
  • Sueldos y salarios: 30.000€
  • Gastos diversos: 15.000€
  • Donación o contrato de patrocino a FUNDACIÓN KIROLARABA: 10.000€

TOTAL: 145.000€

 

Base Imponible: 114.000€ (249.000€ – 135.000€).

Gasto por donación o contrato de patrocinio FUNDACIÓN KIROLARABA: 10.000 € NO DEDUCIBLE

 

Deducción de la cuota (45% de la donación): 4.500€

 

EJEMPLO 3

La empresa SPORT, S.A., entidad extranjera y con establecimiento permanente en Vitoria-Gasteiz, patrocina a la Fundación KIROLARABA en el ejercicio con la cantidad de 100.000€.

En la declaración del Impuesto sobre la Renta de no Residentes presenta la siguiente cuenta de explotación:

 

INGRESOS:

  • Ventas o facturación: 3.305.000€
  • Otros ingresos: 300.000€

TOTAL: 3.605.000€

 

GASTOS:

  • Compras: 750.000€
  • Sueldos y salarios: 1.440.000€
  • Gastos diversos: 60.000€
  • Contrato de patrocinio con Fundación Kirolaraba: 100.000€

TOTAL: 2.350.000€

 

Resultado contable: 1.255.000 €

Base Imponible: 1.355.000€ (3.605.000€ – 2.250.000€).

 

Gasto por donación o contrato de patrocinio FUNDACIÓN KIROLARABA: 100.000 € NO DEDUCIBLE

 

Deducción de la cuota (45% de la donación): 45.000€